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Por: Juan Bolívar Díaz.
Santo Domingo:El proyecto de Ley de Partidos y Agrupaciones Políticas recién reintroducido en
Aunque fue aprobado por los diputados al finalizar la anterior legislatura, todavía se duda que pueda finalmente convertirse en ley un proyecto múltiples veces consensuado por dirigentes políticos y sociales y reiterativamente relegado a lo largo de una década.
Objetivos de la ley:
Tal como señala su artículo 1, el proyecto “regula el ejercicio del derecho de todos los ciudadanos y ciudadanas a organizar Partidos y Agrupaciones Políticas o formar parte de ellos, y establece las normas que regirán la constitución y reconocimiento, organización, autorización, funcionamiento, participación en procesos electorales, sanciones, y vigilancia de los Partidos y Agrupaciones políticas”. En gran parte ratifica el limitado ordenamiento contenido en la ley electoral vigente, pero también introduce múltiples regulaciones, especialmente para la elección de los candidatos, con votación primaria obligatoria.
No hay novedades en los procedimientos para fundar y registrar partidos y agrupaciones políticas, pero entre sus deberes se consigna que permitirán la fiscalización de sus eventos, libros y registros por parte de la autoridad electoral, que instituirán mecanismos para garantizar la democracia interna y la equidad de género en todos sus niveles estructurales y la representación de las minorías en la elección de sus dirigentes.
También estarán obligados a respetar el desarrollo, integridad e independencia de las organizaciones de la sociedad civil, a rendir cuentas e informar de sus actividades y actos administrativos, así como publicar informes financieros, incluyendo nóminas de contribuyentes en una página de Internet y cuando lo requiera cualquier interesado, a tenor de lo establecido en
Así mismo el proyecto consigna la obligación de los partidos de fomentar la formación política y cívica de sus miembros y de la ciudadanía, para lo que deberán dedicar por lo menos el 25 por ciento del financiamiento que reciban del Estado. Prohíbe a los partidos recibir deducciones de salarios de los empleados públicos o particulares y el uso en cualquier forma de los bienes y los fondos de todas las instancias del Estado.
Importantes reformas
Conlleva importantes reformas como la elección de senadores y diputados “mediante boletas separadas”, aunque mantiene la de síndicos, vicesíndicos y regidores “mediante boletas conjuntas”. Establece que los puestos de elección, excepto presidente y vicepresidente de la nación, corresponden de pleno derecho al partido que postula y lo perderían quienes se pasen a otra agrupación u organicen una nueva o si se declaran independientes o apoyan candidaturas de otra organización. Pero un electo no pierde el puesto si lo expulsan del partido, a menos que sea por condena judicial derivada de graves violaciones constitucionales o legales.
La ley garantizaría el derecho a encuestas o sondeos de preferencias electorales, incluyendo las realizadas a salida de urnas y los conteos rápidos, con la limitación de que sus resultados no se publiquen “mientras se esté votando”, lo que rompe una tradicional norma electoral dominicana que prohíbe difundir resultados que no sean los de la autoridad electoral.
Otras novedades del proyecto son que
El proyecto limita a tres meses los períodos de campaña electoral tanto para la elección primaria como para la general, garantiza la igualdad de condiciones, acceso y tarifas de los medios de comunicación para todos los partidos y candidatos en las campañas electorales. Prohíbe a todas las instituciones estatales realizar publicidad, propaganda o difusión de mensajes para apoyar, directa o indirectamente, candidaturas o partidos. Y faculta a
Hay todo un capítulo dedicado al régimen penal para sancionar las violaciones a la ley de partidos, independientemente de las que correspondan penalmente, incluyendo prisión correccional de hasta un año y multas que pueden llegar al equivalente de 200 salarios mínimos, inhabilitación para ser candidato y hasta pérdida del derecho al financiamiento público.
Complicadas Primarias:
Lo más complejo y extenso del proyecto es lo relativo a la reglamentación y realización de las precampañas y votaciones para elegir candidatos, de cuya organización y escrutinio responsabiliza a
La organización de las primarias por parte de
El proyecto establece que a cada candidatura partidaria sólo podrá inscribirse un número no mayor del doble de los cargos a elegir, lo que en una circunscripción grande puede implicar 10 competidores para diputados y 30 para regidores, además de dos para senadores, síndicos y vicesíndicos, por cada partido. El límite de postulaciones puede determinar una pre-pre campaña en los partidos donde hay miles de aspirantes a cargos electivos, lo que complicaría el sistema electoral dominicano. Ese sistema de elección primaria requiere una logística muy grande y sólo funciona en naciones de fuerte institucionalidad democrática y donde hay pocos partidos, mayormente para candidaturas presidenciales.
Un proyecto que ha tenido un largo peregrinaje de diez años:
El proyecto de ley de partidos ha tenido un largo peregrinaje de una década y con más o menos el mismo texto, que ha sido consensuado tres o cuatro veces tanto en el Congreso Nacional como en organismos estatales, con participación no sólo de los partidos políticos sino también de las principales entidades sociales que se preocupan por el régimen político. Esos proyectos han sido sometidos al Congreso por lo menos en seis ocasiones por legisladores de diversos partidos.
El primer anteproyecto de Ley de Partidos y Agrupaciones Políticas fue aprobado en 1999 tras un largo proceso de seminarios y consultas de
El proyecto que conoce el Congreso mantiene casi el mismo texto de los anteriores y fue objeto de estudio por una comisión multipartidaria de diputados que lo retocó y recomendó que sea convertido en ley. Fue aprobado por
Hace dos años fracasó todo un esfuerzo de