SANTO DOMINGO.-Cualquiera puede pensar que con
los atractivos y privilegios que tienen los diputados dominicanos,
asumen sus funciones con estricta responsabilidad y respeto a los
contribuyentes que pagan sus sueldos.
Pero la realidad es que sólo una minoría cumple a cabalidad con sus
obligaciones legislativas, mientras que a la mayoría, por la razón que
sea, parece no importarles mucho el tema de la puntualidad, y a juzgar
por su cúmulo de ausencias no debieran ser miembros del congreso.
En este grupo encontramos los que suman entre 25 y 54 ausencias en un
año legislativo. Esos "honorables" irrespetan su investidura y a
quienes votaron por ellos, es decir a los contribuyentes que sacrifican
sus bolsillos para que nuestros legisladores disfruten de sueldos de
RD$175.474.65 mensuales, una dieta de RD$45.000.00 y RD$35.094.93 para
gastos de representación. A todo esto se agregan comidas y vinos caros
en el restaurant del Palacio del Congreso Nacional de la República
Dominicana.
La lista de los diputados más impuntuales la encabeza Rubén Darío
Luna Martínez, diputado del Partido Revolucionario Dominicano (PRD) por
la circunscripción número uno de ultramar, en su primer período como
diputado 2012-2013, acumuló la cifra record de 54 ausencias, cinco de
ellas sin excusas.
Le siguen Ramón Antonio Hernández Martínez (PRD) con 50 ausencias;
Juan Hubieres del Rosario (Movimiento Rebelde aliado al PRD) con 45;
Adalberto Esteban Rosa Hernández (PLD) con 44; Aridio Antonio Reyes
(PLD) con 32; Hugo Tolentino Dipp (PRD) con 27; Marcos Genaro Cross
Sánchez (PLD) con 26, y Lucia Medina Sánchez (también PLD y hermana del
presidente Danilo Medina) con 26 ausencias.
En el rango de cero "ausencias con excusas" están Getrude Ramírez
Cabral (PLD), Juan Julio Campos Ventura (PLD), Ángela Pozo (PLD), Evelin
Andújar Matos (PLD), Guido Cabrera Martínez (PRSC), Marino Hernández
Alberto (PLD), Altagracia Herrera de Brito (PRD), Eugenio María Méndez
Ramírez (PRD) y Noris Elizabeth Medina Medina (PLD).
Aunque el reglamento interno de la Cámara de Diputados y la
Constitución de la República refieren el tema de las ausencias
(Artículos, 25, 26, 31, 32, y 180 del reglamento interno, y 83 y 88 de
la Constitución), en ninguno se indica el número de faltas que
conllevaría medidas disciplinarias.