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lunes, 18 de mayo de 2015

Jurista aclara aprobar la reforma a la Costitución solo requiere mayoria simple

SANTO DOMINGO.- El experto en derecho constitucional, Eduardo Jorge Prats, rechazó que para reformar la Carta Magna se requiera las dos terceras partes de una de las cámaras legislativas para aprobar la ley que declara la necesidad de la reforma.
Prats aclaró que para la aprobación de esa ley solo se requiere una mayoría simple en cada una de las cámaras legislativas.
“Es una ley especial que se aprueba con mayoría ordinaria, pero que tiene la especialidad de que no puede ser observada, de que su iniciativa no puede partir de un legislador, sino de un tercio de los representantes de cada cámara y que tiene un contenido definido por la propia Constitución”, explicó.  
Aseguró que el debate de que se necesita las dos terceras partes para sancionar la ley que declara la necesidad de la reforma se cae con el precedente que data desde la Constitución de 1966.
“Se ha tratado de traer por los cabellos de que se trata de una ley de procedimiento constitucional, pero es que la reforma constitucional no puede ser objeto de ley, la Constitución establece un proceso de reforma constitucional y una ley que declara la necesidad de la reforma”, apuntó.
El jurista afirmó que en la norma de 1966, el constituyente no establece una mayoría de dos terceras partes, ni de los presentes ni de la matrícula las cámaras, sino que simplemente habla de que se aprobará una ley que declara la necesidad de la reforma.
Lo del referéndum
Eduardo Jorge Prats advirtió que si se admite la teoría de que hay que someter a un referéndum la reforma constitucional para introducir la repostulación presidencial, el Tribunal Constitucional podría anular el artículo 124 de la Carta Magna y establecer que Danilo Medina tiene un derecho fundamental a ser reelegido.
Consideró que cuando se cambia el régimen del mandato presidencial no se está modificando el conjunto de reglas generales del derecho de elegir y ser elegido, porque el mandatario y cualquier ciudadano pueden aspirar una posición electiva.