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viernes, 2 de julio de 2010

Juez sienta jurisprudencia sobre la libertad de información, tras fallar a favor de la periodista Alicia Ortega.

En Contacto con el Pueblo.com

Alicia Ortega y su esposo Fernando Hasbún en la sala de audiencia.

Santo Domingo:.- En una sentencia que crea jurisprudencia sobre la libertad de información y difusión del pensamiento, la Segunda Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional, acogió este jueves el recurso de amparo interpuesto por la periodista Alicia Ortega, contra Héctor Rodríguez Pimentel, director del Instituto Agrario Dominicano (IAD).

Sin embargo, el juez Pedro Reinaldo Vásquez Lora, dejó el amparo sin efecto dada la retractación de Rodríguez Pimentel, quien envió a un grupo de empresarios una notificación mediante acto de alguacil advirtiéndoles de que de continuar anunciándose en el programa “El informe con Alicia Ortega”, que produce la comunicadora, serían pasibles de sometimiento judicial por complicidad con una supuesta campaña de difamación en su contra.

En su segundo dispositivo, la sentencia dictada por el juez Vásquez Lora, establece que “constituyen actos atentatorios a la libertad de información: la censura previa, el monopolio de los medios de difusión; las subvenciones gubernamentales a ciertos medios de difusión; la violación del secreto profesional que asiste a los periodistas; la difusión obligatoria de ciertas ideas, conceptos o acontecimientos; la publicación coactiva de ciertas propagandas; la prohibición de crear nuevos medios de difusión; supeditar a la autorización gubernamental el establecimiento de los medios de comunicación, y los privilegios y restricciones impuestas por el gobierno al empleo de la tecnología de la información”.

A las violaciones de la libertad de información se añaden, “las trabas para la producción e importaión de elementos necesarios para el funcionamiento o la modernización de los medios técnicos de comunicación; la aplicación de medidas fiscales que obstaculicen el normal funcionamiento de los medios de difusión, o que persigan alentar o desalentar a ciertos medios; la influencia coactiva sobre la orientación y la información de los órganos de difusión; la prohibición de difundir ciertas ideas; la intervención gubernamental de las empresas periodísticas; la intervención preventiva de cualquier autoridad pública o todo procedimiento encaminado a estorbar o impedir la difusión de ideas; toda disposición que prohíbe una publicación o establece obligatoriamente su contenido contra la voluntad del emisor, y toda medida fiscal discriminatoria para la actividad de la prensa”.

El pasado 19 de junio, y al parecer presionado por la avalancha de críticas de los medios periodísticos, los periodistas y los grupos empresariales, Rodríguez Pimentel produjo su retractación mediante una nota pública, en la que se declaraba compromisario “del clima favorable al ejercicio libre del periodismo” y reclamaba su condición de periodista.

En la ocasión, el funcionario hizo reserva de recurrir por la vía judicial contra Ortega en caso de que la comunicadora continuara con “la campaña de epítetos y expresiones infamantes sin las pruebas correspondientes” en su contra.

Para Alicia Ortega:

“ Nos sentimos muy satisfecha; era lo que esperábamos, es lo legal, es lo que está de cuerdo con la Constitución: Pero más allá, no es un triunfo personal; es un triunfo para la clase periodística del país, porque en la sentencia se enumeran las trabas que no pueden ser puestas al periodismo en una sociedad democrática. Esto sienta un precedente, y creo que, de ahora en adelante, los funcionarios van a pensar un poquito diferente antes de intentar coartar la libertad de expresión de un periodista”, reaccionó Alicia Ortega.

Para Huchi Lora:

“Este es un triunfo de la razón del Derecho y el ejercicio libre del periodista. La sentencia ha dejado claramente establecido que no se puede intimidar a los anunciante, y otras maquinaciones más que quedan taxativamente señaladas y prohibidas en esa sentencia, que sienta una jurisprudencia saludable para el ejercicio de la libertad de prensa. Es una advertencia a cualquier autoridad pública, presente o del porvenir, que pretenda silenciar a la prensa”, sostiene Lora.

Opinan abogados de Alicia:

“En su decisión, el magistrado establece cuáles actuaciones implican una traba a la libertad de prensa. La sentencia quiere decir que hubo una traba y que Héctor Rodríguez Pimentel tuvo que retractarse y el juez admite como válida esa retractación”, significó Laura Acosta Lora, abogada de Alicia Ortega.

El abogado de la comunicadora, Luis Díaz, entiende que lo más importante de la decisión “es que Rodríguez Pimentel violó el derecho fundamental de Alicia Ortega, independientemente de que él se haya retractado. La decisión establece además que esa maniobra de amenazar a los anunciantes no puede producirse bajo ninguna circunstancia”