SANTO DOMINGO:-El Tribunal Constitucional rechazó un recurso
de revisión incoado por el expresidente Hipólito Mejía y otros
dirigentes del PRD, en contra de la sentencia número 025-2012 emitida
por el Tribunal Superior Electoral (TSE), el 27 de junio del año 2012.
Mediante
la sentencia impugnada, el TSE declaró la nulidad de la convocatoria a
la Comisión Política del primero de junio del 2012, hecha por Mejía y
otros miembros de esa organización política, y sin ningún efecto ni
valor jurídico las decisiones adoptadas.
Con esa sentencia, el
TSE acogió una demanda en nulidad interpuesta por el presidente del PRD,
Miguel Vargas, contra la convocatoria a esa reunión hecha por algunos
miembros del PRD, encabezados por el expresidente de la República.
Por
tal razón, Mejía sometió un recurso de revisión constitucional ante el
TC, buscando que fuera anulada la sentencia del TSE. El TC estableció
que al dictar la sentencia, el TSE no ha limitado el derecho de los
recurrentes al libre ejercicio de las garantías del debido proceso
previstas en el artículo 69 de la Constitución y en los estándares
establecidos por el sistema interamericano de protección.
Con
relación a la alegada violación de los derechos a la legalidad, a la
seguridad jurídica y libertad de organización de los partidos políticos,
el TC determinó que no han sido vulnerados por la decisión dictada por
el TSE con la interpretación del texto de los aludidos estatutos.
“En
consecuencia, el tribunal no ha comprobado las violaciones invocadas
por los recurrentes, por lo que procede rechazar el recurso de revisión
constitucional”, precisa la sentencia número 06/14 publicada ayer.
La
decisión fue adoptada por la mayoría requerida. Se inhibieron de forma
voluntaria los magistrados Jottin Cury y Víctor Gómez Bergés, mientras
que la magistrada Katia Miguelina Jiménez emitió un voto particular.
Fortalece democracia
Mientras el abogado Eduardo Jorge Prats, seguidor de Vargas, consideró que la sentencia del TC “robustece el debido proceso y da sostenibilidad al sisterma de partidos politicos, soporte de la democracia dominicana”.
Mientras el abogado Eduardo Jorge Prats, seguidor de Vargas, consideró que la sentencia del TC “robustece el debido proceso y da sostenibilidad al sisterma de partidos politicos, soporte de la democracia dominicana”.
“Esta
sentencia del Tribunal Constitucional defiende la facultad
jurisdiccional del Tribunal Superior Electoral para interpretar las
normas, con lo que fortalece el sistema de partidos politicos y en
consecuencia nuestra institucionalidad democrática”, dijo el
especialista constitucional.