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martes, 16 de junio de 2009

En la nueva Costitución, ciudadanos podrán someter a los tribunales a funcionarios que incurran en irregularidades.

En Contacto con el Pueblo.

Santo Domingo.- La nueva Constitución atribuye a los ciudadanos la facultad de someter ante los tribunales a los funcionarios que incurran en irregularidades en el ejercicio de sus funciones, al aprobar hoy el artículo 117 del proyecto de reforma enviado por el Poder Ejecutivo con modificaciones hechas por Francisco Domínguez Brito y Reinaldo Pared Pérez.

Artículo 117.-Los Tribunales controlarán la legalidad de la actuación de la Administración Pública, pudiendo los ciudadanos instar ese control a través de los procedimientos que se determinen en la ley.

Igualmente, las actuaciones de los funcionarios públicos estarán sujetas a los principios de eficiencia, transparencia y su acceso a la administración pública estará regulado por ley de acuerdo al mérito y la capacidad e imparcialidad en el ejercicio de sus funciones. La disposición está establecida en el artículo 116.

Articulo 116. La Administración Pública está sujeta en su actuación a los principios de eficacia, jerarquía, objetividad, igualdad, transparencia, economía, publicidad y coordinación, con sometimiento pleno al ordenamiento jurídico del Estado.

Deberá regularse por ley el estatuto de los funcionarios públicos, el acceso a la función pública con arreglo al mérito y capacidad de los candidatos, la formación y capacitación especializada y el régimen de incompatibilidades de los funcionarios que aseguren su imparcialidad en el ejercicio de las funciones legalmente conferidas.

La ley regulará el procedimiento a través del cual deben producirse las resoluciones y actos administrativos, garantizando, siempre que se pueda la audiencia de los interesados.