La intimación realizada a los Registradores de Títulos mediante acto de
alguacil por el Procurador General para que no procedan a levantar las
notas de advertencias autorizadas mediante la resolución número
4012-2014 del magistrado de la Suprema Corte de Justicia, Frank Soto,
carece de fundamento legal y viola la Constitución y el Código Procesal
Penal relativo al Derecho a Recurrir.
Así lo expresó el consejo de defensa de la barra de la defensa del
senador Félix Bautista, doctores Marino Feliz Rodríguez, Pedro Balbuena y
Ramón Emilio Núñez, que alega que no debe ser atendida la intimación
por parte de los Registradores de Títulos del Distrito Nacional y
Santiago.
Señalan que con esta acción el procurador Francisco Domínguez Brito
incurre en desacato de las decisiones jurisdiccionales, lo cual
constituye un ilícito penal sancionado por el artículo 188 y siguientes
del Código Penal Dominicano.
Expresaron que la decisión tomada por el magistrado Soto no es objeto de
ningún recurso, ya que el sistema de recurso es reglado, tal cual se
consigna en el artículo 393 del Código Procesal Penal.
“Es lamentable que el Procurador no entienda el proceso establecido en
la Constitución y las normas sobre el derecho a recurrir, aventurándose a
intimar bajo amenaza a representantes del Poder Judicial, como son los
Registradores de Títulos, lo cuales están obligados a dar cumplimiento
de inmediato a la decisión del magistrado Soto”, dicen.
Colegio de Abogados
Ayer también el presidente del Colegio de Abogados, Diego José García, defendió el fallo del juez Soto que desbloqueó los bienes del senador Bautista, al tiempo que criticó la forma en que el Ministerio Público debate los casos que son apoderados a los tribunales.
Ayer también el presidente del Colegio de Abogados, Diego José García, defendió el fallo del juez Soto que desbloqueó los bienes del senador Bautista, al tiempo que criticó la forma en que el Ministerio Público debate los casos que son apoderados a los tribunales.